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José Romero
Universidad Católica Boliviana San Pablo Cochabamba
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7 dic. 2009 at 10:20am
OTRO CASO DE MUERTE OCASIONADO POR UN CONDUCTOR EN ESTADO DE EBRIEDAD
Murió en la puerta de su casa. El pasado 4 de octubre alrededor de las diez de la noche, un jeep atropelló a Hernán Gonzáles de 17 años de edad, en inmediaciones del puente Quillman. La Policía comprobó que el conductor estaba ebrio.
Este tipo de noticias es cada vez más frecuente y cuestiona si las sanciones que las leyes bolivianas aplican a los conductores ebrios son lo suficientemente duras.
¿Accidente o Delito?
Después de que el jeep arrollara a Hernán, el conductor trató de darse a la fuga, pero los las personas que presenciaron el accidente impidieron que esto sucediera. La madre de Gonzáles afirma que la tragedia ocurrida es calificada como un “homicidio” y no un simple accidente de transito.
Para Edgar Manzaneda, un abogado penalista que ha atendido muchos casos similares, el hecho se considera como un delito en el cual al conductor ebrio se lo considera como un homicida. “El estado de ebriedad es un agravante. El accidente de tránsito es todo suceso entre uno o más vehículos, de donde resultan daños materiales y lesiones personales”..
“La cuestión de estar bajo efectos del alcohol sería un agravante. (...) No se lo puede considerar accidente de tránsito, porque el hecho mismo de conducir en estado de ebriedad se adecuaría a la figura de dolo, ya que la intención y la conducta ya no son culposas. Es decir, la persona ya no puede decir que fue involuntario. No se puede llamar accidente a un hecho producido por el estado de ebriedad y, como dice el Código Penal, manejando bajo efectos de sustancias controladas”, afirma Manzaneda.
Sin embargo existen otros casos similares en los cuales conductores en estado de ebriedad que han acabado con la vida de algún conductor o transmute, han salido en libertad un par de años. “Muchos apelan a que todo ha sido un accidente, que no tenían la intención de que aquello ocurra y por tratarse de un accidente, la pena por matar es de uno a tres años de cárcel”, indica Manzaneda.
¿Sanciones adecuadas?
“Queremos que se haga justicia por la muerte de nuestro hijo, queremos que el autor este 30 años en la cárcel”, dijo el padre de Hernán al ver su foto en un álbum familiar.
Muchas familias que han pasado por esta situación esperan que la justicia caiga con todo su peso contra los conductores imprudentes que conducían en estado de ebriedad, pero en el proceso se dan cuenta que el peso de la justicia es muy liviano.
“Las sanciones establecidas en el Código Penal para estos casos son insuficientes. En ese sentido, se tiene que trabajar para agravar la pena, pero no en un sentido netamente punitivo, sino también preventivo; porque aquella persona que conduce en estado de ebriedad, si sabe que es un delito y que por ello va a merecer una pena drástica, entonces se va a abstener”, afirma el Teniente Álvaro Prado, funcionario del Organismo Operativo de Tránsito de Cochabamba.
¿Cuál debería ser la sanción adecuada?
“Estas situaciones se repiten porque estos conductores no tienen miedo a las consecuencias de sus actos”, comenta Juan Choque un conductor de la línea de taxis Ciudad Jardín. En sus 15 años como taxista, Choque ha visto muchos accidentes en los cuales el conductor estaba evidentemente borracho por las maniobras que realizaba al volante, atentando con la vida de los transeúntes y conductores que se encuentran alrededor.
Manzaneda indica que deben existir sanciones “extra” para establecer penas adecuada.”Sanciones adicionales a la reclusión. La Ley 1768 realizó un estudio de derecho comparado y política criminal, estableciendo que la solución a estos casos era establecer una sanción adicional a la cárcel, es decir inhabilitar, prohibir conducir vehículos, a los autores, y sancionar a los dueños o administradores de las empresas de transporte. Estas medidas de seguridad aseguran, por ejemplo, aplicar en caso de reincidencia la pena más alta y en su caso la inhabilitación definitiva para conducir vehículos y obligan a los dueños de los medios masivos a controlar efectivamente a su personal y cuidar sus vehículos”,
Situación en relación a otros países
Este es un problema global y varios países han establecido normas especiales para que advertir a los conductores sobre las consecuencias que podrían tener.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) calculó que cada día mueren en el mundo más de 3.000 personas a causa de hechos de tránsito. En Bolivia, entre 1999 y 2003, 3.390 personas murieron en accidentes de tránsito. En este período, la mayor cantidad de fallecimientos por estos hechos se registró en La Paz (1.531).
Para Antonio Medrano funcionario del departamento de Tráfico y Vialidad de la Alcaldía de Cochabamba, asegura que los otros países de la región tienen leyes más avanzadas y actualizadas que en nuestro país, y hay empezar a replantear nuestras normas de transito. “En otros países la figura es de homicidio. Las leyes de otros países son más duras, ya que directamente la figura sería homicidio, ya no es un hecho de tránsito, y las penas son más severas”.
Hernán Gonzáles falleció desangrado en el lugar donde lo atropellaron. La madre del joven ya inició un proceso penal contra el conductor del jeep. Ahora esperan de que el juicio oral se inicie.
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Este tipo de noticias es cada vez más frecuente y cuestiona si las sanciones que las leyes bolivianas aplican a los conductores ebrios son lo suficientemente duras.
¿Accidente o Delito?
Después de que el jeep arrollara a Hernán, el conductor trató de darse a la fuga, pero los las personas que presenciaron el accidente impidieron que esto sucediera. La madre de Gonzáles afirma que la tragedia ocurrida es calificada como un “homicidio” y no un simple accidente de transito.
Para Edgar Manzaneda, un abogado penalista que ha atendido muchos casos similares, el hecho se considera como un delito en el cual al conductor ebrio se lo considera como un homicida. “El estado de ebriedad es un agravante. El accidente de tránsito es todo suceso entre uno o más vehículos, de donde resultan daños materiales y lesiones personales”..
“La cuestión de estar bajo efectos del alcohol sería un agravante. (...) No se lo puede considerar accidente de tránsito, porque el hecho mismo de conducir en estado de ebriedad se adecuaría a la figura de dolo, ya que la intención y la conducta ya no son culposas. Es decir, la persona ya no puede decir que fue involuntario. No se puede llamar accidente a un hecho producido por el estado de ebriedad y, como dice el Código Penal, manejando bajo efectos de sustancias controladas”, afirma Manzaneda.
Sin embargo existen otros casos similares en los cuales conductores en estado de ebriedad que han acabado con la vida de algún conductor o transmute, han salido en libertad un par de años. “Muchos apelan a que todo ha sido un accidente, que no tenían la intención de que aquello ocurra y por tratarse de un accidente, la pena por matar es de uno a tres años de cárcel”, indica Manzaneda.
¿Sanciones adecuadas?
“Queremos que se haga justicia por la muerte de nuestro hijo, queremos que el autor este 30 años en la cárcel”, dijo el padre de Hernán al ver su foto en un álbum familiar.
Muchas familias que han pasado por esta situación esperan que la justicia caiga con todo su peso contra los conductores imprudentes que conducían en estado de ebriedad, pero en el proceso se dan cuenta que el peso de la justicia es muy liviano.
“Las sanciones establecidas en el Código Penal para estos casos son insuficientes. En ese sentido, se tiene que trabajar para agravar la pena, pero no en un sentido netamente punitivo, sino también preventivo; porque aquella persona que conduce en estado de ebriedad, si sabe que es un delito y que por ello va a merecer una pena drástica, entonces se va a abstener”, afirma el Teniente Álvaro Prado, funcionario del Organismo Operativo de Tránsito de Cochabamba.
¿Cuál debería ser la sanción adecuada?
“Estas situaciones se repiten porque estos conductores no tienen miedo a las consecuencias de sus actos”, comenta Juan Choque un conductor de la línea de taxis Ciudad Jardín. En sus 15 años como taxista, Choque ha visto muchos accidentes en los cuales el conductor estaba evidentemente borracho por las maniobras que realizaba al volante, atentando con la vida de los transeúntes y conductores que se encuentran alrededor.
Manzaneda indica que deben existir sanciones “extra” para establecer penas adecuada.”Sanciones adicionales a la reclusión. La Ley 1768 realizó un estudio de derecho comparado y política criminal, estableciendo que la solución a estos casos era establecer una sanción adicional a la cárcel, es decir inhabilitar, prohibir conducir vehículos, a los autores, y sancionar a los dueños o administradores de las empresas de transporte. Estas medidas de seguridad aseguran, por ejemplo, aplicar en caso de reincidencia la pena más alta y en su caso la inhabilitación definitiva para conducir vehículos y obligan a los dueños de los medios masivos a controlar efectivamente a su personal y cuidar sus vehículos”,
Situación en relación a otros países
Este es un problema global y varios países han establecido normas especiales para que advertir a los conductores sobre las consecuencias que podrían tener.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) calculó que cada día mueren en el mundo más de 3.000 personas a causa de hechos de tránsito. En Bolivia, entre 1999 y 2003, 3.390 personas murieron en accidentes de tránsito. En este período, la mayor cantidad de fallecimientos por estos hechos se registró en La Paz (1.531).
Para Antonio Medrano funcionario del departamento de Tráfico y Vialidad de la Alcaldía de Cochabamba, asegura que los otros países de la región tienen leyes más avanzadas y actualizadas que en nuestro país, y hay empezar a replantear nuestras normas de transito. “En otros países la figura es de homicidio. Las leyes de otros países son más duras, ya que directamente la figura sería homicidio, ya no es un hecho de tránsito, y las penas son más severas”.
Hernán Gonzáles falleció desangrado en el lugar donde lo atropellaron. La madre del joven ya inició un proceso penal contra el conductor del jeep. Ahora esperan de que el juicio oral se inicie.
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